• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: JUAN DEL OLMO GALVEZ
  • Nº Recurso: 100/2014
  • Fecha: 07/04/2017
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Es evidente que el comportamiento enjuiciado afecta a la libertad e indemnidad sexual de la menor, especialmente en ese estadio de su evolución y madurez personal, de ahí que el ordenamiento jurídico-penal proteja rigurosamente el derecho de quien es menor a no sufrir injerencias indeseables en esa esfera tan íntima y relevante de su persona, por cuanto pueden afectar gravemente a su personalidad en formación y perturbar su desarrollo personal. El sufrir un menor de edad actos de la índole enjuiciada puede serle tremendamente perjudicial en su desarrollo evolutivo, incluso traumático, dado que no cuenta ni con habilidades psicológicas, ni con la madurez suficiente.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PERFECTO AGUSTIN ANDRES IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 10128/2015
  • Fecha: 28/05/2015
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Agresión sexual. El acusado cogió a la víctima del pelo, esgrimiendo una navaja, la empujó contra un muro y le tocó los pechos por encima de la ropa. La víctima contaba con 14 años de edad y estaba a la puerta del centro escolar. No se aprecia falta de motivación en la sentencia, que contiene una minuciosa argumentación. No se vulnera tampoco el derecho a la presunción de inocencia. Se cuenta con la declaración de la víctima, que no tenía motivos para simular un hecho como el denunciado, y la localización inmediata del sujeto descrito como responsable en las inmediaciones del lugar. El propio denunciado reconoció además haberse dirigido a la menor. Aunque la víctima se hallaba próxima a cumplir 15 años y desarrollada físicamente, el acometimiento tuvo lugar a las puertas de un centro escolar y precisamente, la inferior presencia de ánimo y de capacidad de reacción, propias de una adolescente, le impidieron incluso gritar pidiendo auxilio de los viandantes o de otros alumnos del centro en el que estaba a punto de entrar, datos estos que sirven de base y razonamiento para aplicar la agravante de persona especialmente vulnerable. No se acredita que la actuación del acusado estuviera motivada por el consumo de alcohol, por lo que no procede la aplicación de la atenuante.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: ALFONSO GONZALEZ-GUIJA JIMENEZ
  • Nº Recurso: 60/2015
  • Fecha: 20/05/2015
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La valoración de las pruebas efectuadas por el juez de instancia sólo puede ser revisada en los siguientes supuestos: a) cuando la valoración no dependa de la percepción directa de las pruebas que el juez a quo tuvo con exclusividad; b) cuando con carácter previo a la valoración de las pruebas no exista prueba objetiva de cargo válidamente celebrada, lo que vulneraría el principio de presunción de inocencia, y c) cuando el examen de lo actuado conduce a constatar un manifiesto y claro error en el juez a quo, al resultar su razonamiento absurdo, ilógico, irracional o arbitrario.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL CARMEN HERRERO PEREZ
  • Nº Recurso: 252/2015
  • Fecha: 29/04/2015
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El delito de abuso sexual se caracteriza por el elemento negativo de la falta de violencia e intimidación y por el elemento negativo de ausencia de consentimiento de la víctima, como libre ejercicio de la libertad sexual. El elemento subjetivo consistirá en el ánimo libidinoso o propósito de obtener una satisfacción sexual en el agente del hecho, o al menos en el conocimiento del carácter sexual de la acción. Cuando el abuso sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de objetos por alguna de las dos primeras vías, estaremos ante la figura del delito de abuso sexual agravado, previsto en el artículo 182 del CP.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO JIMENEZ-CLAVERIA IGLESIAS
  • Nº Recurso: 330/2013
  • Fecha: 07/04/2014
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia Provincial estima el recurso y absuelve al apelante que, siendo menor de edad, mantuvo relaciones sexuales con otros menores de similar edad. En unos casos porque no había prueba suficiente que los hechos se produjeran siendo las víctimas menores de trece años. En el otro porque, desde la perspectiva del bien jurídico (indemnidad sexual) no deben considerarse punible los contactos sexuales realizados entre menores de similar edad si no concurre violencia, intimidación o prevalimiento. La sentencia aplica los criterios expresados por la Circular FGE 9/2011, que expresamente invoca. En el caso, la sentencia del Juzgado de Menores no concretó suficientemente la concurrencia de prevalimiento. Al respecto, la sentencia recuerda la jurisprudencia del TS. La sentencia también se refiere a la forma en que debe obtenerse la declaración de los menores de edad (testimonio), de acuerdo con la jurisprudencia del TC. Se citan los precedentes más relevantes.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: MARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO
  • Nº Recurso: 678/2013
  • Fecha: 24/09/2013
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El contenido libidinoso y lascivo de los actos ejecutados por el acusado y las zonas del cuerpo de la víctima sobre los que se proyectaron revelan un carácter o ánimo sexual inequívoco. Como se dice a quo, no puede desvirtuarse la parte del cuerpo elegida de la intención. Si, como se dice a quo, la víctima soportó tocamientos, besos, etc., inicialmente, fue por la necesidad de conservar el trabajo, y el acusado, lejos de cejar en su actitud, persistió en ella, persistió en ella, valiéndose de su situación, hasta que la víctima decide abandonar el trabajo. Respecto a la aplicación de los artículos 109, 111 y 116 del C. Penal, realmente la indemnización concedida se ha ajustado al daño evaluado, teniendo en cuenta las condiciones socioeconómicas de la víctima, de especial vulnerabilidad. Las costas de la acusación particular, han de incluirse salvo que se trate de peticiones desproporcionadas, erróneas o heterogéneas, en relación con lo solicitado por el Ministerio Fiscal y con los pronunciamientos de la sentencia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Granada
  • Ponente: MARIA DE LAS MARAVILLAS BARRALES LEON
  • Nº Recurso: 357/2012
  • Fecha: 25/07/2013
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia de instancia condenó al acusado como autor de un delito de abuso sexual, absolviéndole del delito de agresión sexual que se le imputaba. Quedó probado que el mismo accedió con engaño a la vivienda de la menor denunciante, pidiéndole reiteradamente que le diera un beso, negándose esta, intentando salir del lugar, pero el acusado le requirió para que se sentara, y, posteriormente, sin emplear violencia ni expresión o acto amedrentador, le solicitó que le diera un beso de amigo, accediendo la menor para librarse de el, lo que aprovechó el acusado para besarle en la boca. Tales hechos se consideraron constitutivos del citado delito de abuso, y no del de agresión sexual imputado, al no quedar probado que se hubiere empleado violencia o intimidación. Recurrió la defensa, alegando error en la apreciación de la prueba. La sala desestima el recurso. Destaca, inicialmente, que el Tribunal de apelación no puede entrar a valorar las pruebas que requieren para ello la inmediación. En el presente caso, la prueba practicada en el plenario consistió en la testifical de la denunciante y la declaración del imputado. Y en la sentencia el Juez a quo hace un riguroso análisis de la testifical para concluir que le merece total credibilidad. Sentado ello, y dado que la declaración de la víctima está admitida como prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia, no se aprecia el invocado error en la apreciación de la prueba. Por ello se confirma la sentencia apelada.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Guadalajara
  • Ponente: MARIA DEL CARMEN MARTINEZ SANCHEZ
  • Nº Recurso: 278/2011
  • Fecha: 05/10/2011
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: No existen indicios bastantes para considerar acreditadas las conductas denunciadas y ello porque nos hallamos antes dos versiones absolutamente contradictorias de las partes, el denunciado si bien reconoce los contactos sexuales habla de pacto entre ambos y de relaciones consentidas a cambio de dinero, y ningún dato objetivo que avale la versión de la denunciante y sí circunstancias que pueden hacer pensar en que el relato de hechos de la misma pueda estar viciado y así resulta cuanto menos extraño que se tardara tiempo en interponer la denuncia, cuando se trabajó un largo lapso de tiempo, cerca de dos años, y se proceda a ello coincidiendo con su despido.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: CAROLINA RIUS ALARCO
  • Nº Recurso: 48/2010
  • Fecha: 14/03/2011
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia condena al acusado como autor de un delito continuado de abusos sexuales cometido contra el menor Teodosio, y de otro delito continuado de abusos sexuales cometido contra el menor Luciano, de nueve y doce años. Se estiman probados lo hechos con base en el testimonio de los menores, en relación con lo declarado por sus padres y por las peritos psicólogas que explicaron que ninguno de ellos es susceptible de sugestión, refiriendo la afectación que apreciaron en ellos, lo que constituye un indicio corroborador de la veracidad del testimonio de los menores. Se absuelve al acusado del delito de agresión sexual, al estimarse que los hechos se produjeron al verse desbordados los menores por una situación que les superaba, logrando imponer el procesado su voluntad por la escasa edad de los niños, prevaliéndose de ello, pero sin que conste debidamente acreditado el empleo por aquél de violencia o intimidación penalmente típicas. Concurre en el procesado la atenuante analógica de anomalía psíquica, dado que presenta un coeficiente intelectual de entre 50 y 69, y se encuentra en los límites superiores del retraso mental leve. Se fija una indemnización por daño moral a Teodosio de 60.000 euros, y a Luciano 20.000 euros. Se imponen al acusado las costas de la acusación particular.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MANUEL MAZA MARTIN
  • Nº Recurso: 10128/2010
  • Fecha: 16/07/2010
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En un supuesto de abusos sexuales sobre menor de edad, el condenado recurrente denuncia la vulneración de los derechos a un juicio con todas las garantías y a la igualdad de las partes procesales por el hecho de no haber podido la defensa participar en la exploración de la menor en fase de instrucción. El TS niega dicha vulneración, por cuanto no puede calificarse como trato desigual censurable las medidas acordadas por el instructor, con estricta finalidad de protección de la víctima del delito (una niña de once años de edad que ya padece ciertas secuelas psicológicas como consecuencia, presumiblemente, de los hechos enjuiciados), intentando evitarle, en lo razonablemente posible, la victimización procesal derivada de la reiteración de declaraciones, con la consiguiente rememoración de lo acaecido. Además, la menor fue luego examinada en el juicio oral y en tal acto dispuso el recurrente de todas las posibilidades de participación necesarias, por lo que no se le ha causado indefensión alguna.

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